Fitosanitarios

La información sobre los productos fitosanitarios autorizados en España, sustancias activas homologadas para su fabricación, instrucciones para el registro de productos fitosanitarios y límites máximos de residuos en productos vegetales y documentos sobre el reconocimiento oficial de ensayos se recogen en el Registro de productos fitosanitarios del MAPA.

¿Qué se hace antes de comercializar los productos fitosanitarios? – Infografía ACSA

Uso sostenible de productos fitosanitarios

El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Los plaguicidas, pesticidas o productos fitosanitarios son sustancias químicas utilizadas en agricultura para el control de plagas y enfermedades de los cultivos. Con el objetivo de conseguir la reducción de los riesgos y los efectos del uso de los productos fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente, fomentando a su vez la gestión integrada de plagas y planteamientos o técnicas alternativos, tales como los métodos no químicos, se desarrolla el Real Decreto 1311/2012 sobre el Uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Además, se elaboró un Plan de Acción Nacional (PAN) que englobaba todas las actuaciones realizadas para la consecución de los objetivos de la Directiva por los organismos competentes. La vigencia del PAN 2013-2017 finalizó el 31 de diciembre de 2017, por lo que fue necesaria su revisión y actualización. 

El nuevo Plan de Acción Nacional 2018-2022 sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios ha sido elaborado teniendo en consideración los resultados del anterior Plan 2013-17, los informes anuales y sus indicadores, las recomendaciones de la Comisión Europea y los comentarios del sector.

Residuos de Plaguicidas

Las cantidades de plaguicidas que se pueden encontrar en los alimentos se denominan residuos de plaguicidas.

Límites Máximos de Residuos (LMR)

El LMR es el máximo nivel de residuos de plaguicida legalmente tolerado en los alimentos o en los piensos, establecido de conformidad con el Reglamento (CE) 396/2005, y posteriores modificaciones.

La utilización de los plaguicidas en las cosechas puede conllevar la presencia de residuos, esto es, restos de la utilización de un producto fitosanitario, incluidos sus metabolitos y los productos resultantes de su degradación o reacción.

Los LMRs no son límites toxicológicos, sino que son límites toxicológicamente aceptables, basados en una buena práctica agrícola y que representan la cantidad máxima de un residuo que es posible encontrar en un producto alimentario de origen vegetal como consecuencia del uso legal y racional de ese plaguicida evaluado. Se determinan basándose en las buenas prácticas agrícolas y la menor exposición del consumidor necesaria para proteger a todos los consumidores, incluidos aquellos más vulnerables.

Para determinar cuáles son los LMR aplicables a cada cosecha y plaguicida, se puede consultar la base de datos de pesticidas de la Comisión Europea. Se pueden comprobar los LMR por cultivo, por grupo de cultivos, por código de cultivo o por plaguicida en todas las lenguas de la UE.

Registros: ROPO, RETO, ROMA e ITEAF

La utilización de fitosanitarios en el entorno agrícola tiene como requisito la inscripción en determinados registros en función de las operaciones que se lleven a acabo en la explotación. Los registros más destacados son el ROPO, RETO, y ROMA.

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