La principal novedad es la creación en el seno del Comité de una Sección de Higiene y Trazabilidad, a la que corresponde la puesta en marcha de las obligaciones que fija el Reglamento comunitario en esta misma materia. De esta manera, las obligaciones a poner en marcha en el ámbito de la producción primaria agrícola serían:

  • La creación de un Registro de Explotaciones Agrícolas.
  • La confección, junto con los sectores afectados, de Guías de Buenas Prácticas de Higiene.
  • La implementación programas de control oficial de la higiene.

El desarrollo de las medidas, que permitan dar cumplimiento a estas obligaciones, se prevé que se realicen en 2014, con la finalidad de que estén plenamente operativas en el año 2015.

El Comité persigue la finalidad de armonizar y poner en marcha las acciones en los ámbitos de la Sanidad Vegetal, Medios de Defensa Fitosanitaria, Uso Sostenible de los Productos Fitosanitarios, y Trazabilidad e Higiene en la Producción Primaria Agrícola.

El Comité Fitosanitario se constituyó en el año 1998 como un órgano de cooperación adscrito funcionalmente a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del MAGRAMA

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