Cultivos: Cereales

Sanidad Vegetal

La Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal establece un marco que protege a las producciones vegetales frente a las plagas.

Enfermedades de los cereales

Las principales enfermedades que afectan a las cereales son:

1. Carbón del cereal
2. Caries o tizón del trigo
3. Helmintosporiosis
4. Oidio
5. Fusariosis
6. Rincosporiosis
7. Roya amarilla
8. Roya parda
9. Septoriosis

Uso sostenible de productos fitosanitarios

El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Control Oficial

Los Reglamentos (CE) 882/2004 y (UE) 2017/625, establecen las bases para la realización de los Controles Oficiales.

En base a estos Reglamentos, cada Estado miembro debe elaborar y aplicar un Plan Nacional Plurianual. Se podría definir como una estrategia para dar cumplimiento a las exigencias normativas en materia de seguridad y calidad de los alimentos y piensos. A nivel estatal está vigente el III Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) 2021-2025

A nivel de la CAPV,  como respuesta a las especiales necesidades de coordinación entre todas las autoridades implicadas en el control oficial, se desarrolla el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco (PVCOCA) 2021-2025.

Contaminantes

Límites máximos de residuos de plaguicidas

Los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal están regulados por el Reglamento (CE) 396/2005, y posteriores modificaciones.

La utilización de los plaguicidas en las cosechas puede conllevar la presencia de residuos, esto es, restos de la utilización de un producto fitosanitario, incluidos sus metabolitos y los productos resultantes de su degradación o reacción.

En el caso de los cereales, los límites de residuos de pesticidas son los siguientes:

Trazabilidad

La trazabilidad es la posibilidad de encontrar y seguir el rastro de un alimento, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución y está regulado por el Reglamento 178/2002

Las explotaciones agrícolas deberán identificar a sus proveedores o suministradores, a sus clientes y disponer de sistema de registro de esta información.

Trazabilidad del productor cerealista

En el caso del cereal que se produce en una misma explotación, el agricultor deberá registrar los datos referentes al cereal, cosecha, transporte y producto almacenado durante su estancia en las instalaciones de la explotación.

Trazabilidad hacia atrás

  • Datos de compra de las semillas de cereales (nombre o razón social, vendedor, kg y lote).

Trazabilidad interna

La información mínima a recoger por el productor es la siguiente:

  • Procedencia del cereal: lista de parcelas de donde provenga un mismo producto.
  • Cantidad y superficie total cosechadas.
  • Datos de la/s cosechadoras y de la empresa/s que da/n el servicio.
  • Datos del transporte dentro de la explotación: origen, destino y fecha de la operación, así como la identificación de los remolques o los camiones.
  • Almacenamiento: datos de las eras y almacenes donde se deposite el cereal hasta su retirada: identificación, ubicación, fecha en la que se deposita/fecha de salida.
  • Tratamientos fitosanitarios (fecha aplicación, nombre comercial, vendedor, código del lote, dosis, periodo de espera, etc).

Trazabilidad hacia adelante

En el caso del cereal lote se podría denominar a la cantidad de un mismo cereal que se suministra a un mismo cliente en una misma entrega.La información a registrar sería la siguiente:

  • Nombre o razón social, NIF/CIF, domicilio número de teléfono de contacto del productor/vendedor.
  • Ubicación del establecimiento desde donde se expide el cereal.
  • Código de identificación del lote.
  • Información referida al producto: denominación y cantidad del producto distribuido.
  • Datos del cliente/comprador: Nombre o razón social, NIF/CIF domicilio, teléfono de contacto, dirección del establecimiento de destino del cereal.

Trazabilidad de cooperativas y almacenistas

Trazabilidad hacia atras

Deberán registrar y conservar la documentación referente a:

Entrada/recepción del cereal:

  • Datos de quién hace la entrega: datos del agricultor/proveedor (nombre, NIF, CIF, dirección y teléfono de contacto).
  • Información sobre el producto que se recepciona: cereal, campaña, kilos.
  • Lote de entrada.
  • Datos sobre el transporte: matricula e identificación de la empresa contratada.
  • Identificación de los fitosanitarios y biocidas comprados (marca, lote, cantidad, fecha de recepción, tipo de producto, etc.).

Trazabilidad interna

  • Asignación de lote (silo, almacén, celda, nave, que se correlacionara con las entradas del cereal).
  • Naves entradas del cereal.
  • Movimientos.
  • Limpiezas y tratamientos silos, celdas, almacén, tratamientos del grano y control de temperatura y humedad.

Trazabilidad hacia adelante

  • Datos del destinatario/establecimiento de destino (nombre, CIF, dirección y teléfono de contacto)
  • Datos sobre el transporte.
  • Fecha en la que se realiza la expedición.
  • Datos sobre la mercancía objeto de la transacción (cereal, cantidad, lote, etc).

Registros y Autorizaciones administrativas

El desarrollo de la actividad agrícola tiene como requisito la inscripción en determinados registros en función de las operaciones que se lleven a acabo en la explotación. Los registros más destacados son el REGEPA, ROPO, RETO, y ROMA.

Sistemas de producción

Entre los sistemas de producción más implantados en la actualidad se encuentran la Producción convencional -que debe aplicar los principios de la Gestión Integrada de Plagas- la Producción Integrada, y la Producción Ecológica.

Página actualizada el